Obligaciones y derechos para disponer de vado permanente en tu vivienda
El vado para un garaje residencial, comercial o industrial es una obligación para todos los propietarios de garajes que necesiten que los ayuntamientos permitan el tránsito de vehículos, invadiendo la acera y para que tengan el derecho de que nadie estacione su vehículo en la acera. Legalmente la norma dice que es el derecho que tiene el o los propietarios de esta licencia para poder circular con vehículos invadiendo la acera transitada de la vía pública desde la carretera hasta el interior del local, así como la prohibición de estacionar en el mismo acceso estando este siempre libre.
Es una tasa municipal obligatoria que debes abonar en todo caso. La placa que distingue que el acceso tiene un vado permanente no es obligatoria. Sin embargo te recomendamos que la solicites a tu Ayuntamiento para informar a los conductores de que existe un derecho privativo sobre el acceso. Además en caso de que un vehículo impida el acceso y tengas que avisar a la policía municipal simplificarás el trabajo de los policías. No es obligatoria pero es indispensable para evitar que los vehículos reconozcan el vado y no aparquen.
Respecto a los precios de los vados varían en función de los Ayuntamientos, pero se calculan en función de un baremo que tiene en cuenta la superficie del garaje, la zona en la que se encuentra y el tráfico que se genera en la zona. Por tanto los precios son altos para zonas con alta densidad de tráfico, como el centro de las ciudades, y mas bajos para zonas residenciales con un tráfico mas reducido
En éste enlace tienes la solicitud que hay que aportar al Ayuntamiento (en este caso el de Madrid) para iniciar las gestiones para la concesión de la licencia de vado permanente.